Noticia

27-11-2023  ACTUALIZACIÓN MOVES III Vehículos - Ayudas para adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila combustible

Entidades beneficiarias: 

a) Los profesionales autónomos, que tengan su domicilio de actividad en la Comunitat Valenciana y que estén dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. 

b) Las personas físicas mayores de edad, a excepción de los casos de discapacidad, que podrán ser menores de edad, con residencia en la Comunitat Valenciana. 

c) Las comunidades de propietarios con domicilio en la Comunitat Valenciana. 

d) Las personas jurídicas y otras entidades, con o sin personalidad jurídica, cuyo NIF comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J, R o W, que tengan su domicilio social en la Comunitat Valenciana o bien que desarrollen su actividad, cuenten con una sede y tengan parte de su plantilla en la Comunitat. También serán elegibles las Entidades de Conservación de Polígonos o Sociedades Agrarias de Transformación cuyo NIF comience por V. 

e) Las entidades locales y el sector público institucional, siempre que no ejerzan actividades económicas (si no, apartado d). 

Actuaciones subvencionables: 

- La adquisición directa o por medio de operaciones de financiación por leasing financiero o arrendamiento por renting (leasing operativo) de vehículos nuevos, matriculados por primera vez en España a nombre del destinatario último de la ayuda, salvo en los casos de renting, en los que podrá estar matriculado a nombre de la empresa de renting. 

- La fecha de factura de compraventa y fecha de matriculación deberá ser posterior al 9 de abril de 2021, y en el caso de personas jurídicas y entidades públicas con actividad económica, posterior a la fecha de registro de la solicitud. 

- Los vehículos eléctricos y de pila de combustible de categorías M1, N1, L3e, L4e y L5e, con hasta doce meses de antigüedad (vehículos de demostración), contada desde su primera matriculación hasta la fecha de la factura de compraventa o fecha de registro de solicitud. La titularidad será de un concesionario o punto de venta del fabricante/importador. Se podrán vender un máximo de 90 vehículos de demostración por concesionario. 

- Vehículos eléctricos y de pila de combustible de categorías M1, N1, L3e, L4e y L5e, con hasta doce meses de antigüedad (vehículos seminuevos), contada desde su primera matriculación hasta la fecha de la factura de compraventa o fecha de registro de solicitud. La primera titularidad deberá ser del propio fabricante (Grupo CNAE 291) o de una empresa de renting o empresa de “rent a car” (Grupo CNAE 771). En este caso, el vehículo deberá haber sido adquirido por los titulares mencionados como vehículo nuevo al fabricante o importador. Se establece un máximo de 250 vehículos seminuevos de la misma titularidad. 

- Los vehículos pertenecerán a alguna de las categorías siguientes: turismos M1, furgonetas o camiones ligeros N1, cuadriciclos ligeros L6e, cuadriciclos pesados L7e, motocicletas L3e, L4e, L5e. Deben figurar en la Base de Vehículos del IDAE, http://coches.idae.es/base-datos/vehiculos-elegibles-programa-MOVES-III, y cumplir unos requisitos.

Características de la ayuda: 

 

Ayuda adicional del 10% para ciertos casos de los siguientes beneficiarios: personas con movilidad reducida, habitantes de municipios de menos de 5.000 habitantes y servicios de taxi y vehículo de transporte con conductor (VTC). No son acumulables. 

El número de vehículos máximo por persona o entidad beneficiaria será el siguiente: 

- Personas físicas: 1 vehículo. 

- Autónomos: según el Reglamento de “minimis” (Reglamento (n 1407 2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013) no más de 200.000 euros en el ejercicio actual y en los dos ejercicios anteriores. 

- Resto de beneficiarios: 250 vehículos/año.

Concesionario/punto de venta: 

Podrán ser concesionarios/puntos de venta adheridos al Programa MOVES III-Vehículos Comunitat Valenciana las empresas autorizadas para la comercialización de vehículos que operen en la Comunitat Valenciana y que acrediten estar dados de alta para tal fin mediante el epígrafe del IAE 615.1 o 654.1, y que tengan su domicilio, sede social o establecimiento en la Comunitat, salvo que se justifique que el vehículo a adquirir no posee un punto de venta en ella. 

Los concesionarios/puntos de venta interesados en participar deberán entregar, a través de la plataforma web informativa del Programa MOVES III-Vehículos Comunitat Valenciana, la ficha de adhesión debidamente cumplimentada según modelo normalizado y la documentación especificada en el punto 2 del artículo 13 de la convocatoria de ayudas. 

La adhesión de los concesionarios/puntos de venta finaliza en noviembre de 2023. El listado de concesionarios/puntos de venta adheridos se publicará en la anterior página web. 

Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 31/12/2023. AMPLIADO HASTA EL 31 DE JULIO DE 2024 

Las entidades locales y entidades pertenecientes al sector público instrumental podrán realizar la solicitud de forma directa, mientras que el resto de solicitantes deberán hacerlo a través de un concesionario adherido al programa MOVES Home (ivace.es) 

Enlaces de interés: 

MOVES III - VEHÍCULOS COMUNITAT VALENCIANA 2021 (ivace.es) 

Convocatoria y modificaciones: 2021_7785.pdf (gva.es) ; 2022_9691.pdf (gva.es) ; 2023_7135.pdf (gva.es) 

Volver